A favor, en contra e indecisos en el plebiscito constitucional de diciembre 2023
Por medio de diversas técnicas digitales de análisis de texto, en esta visualización interactiva mostramos las respuestas abiertas a preguntas de la Encuesta CEP 90 que consultaron a la población por las razones tras la opción a favor, en contra o indeciso en el plebiscito constitucional de diciembre de 2023. La opción ‘a favor’ tiene una semántica positiva que relega a posiciones secundarias alternativas de justificación de tipo adversarial; la opción ‘en contra’ tiene un componente fuerte de razones sustantivas que justifican esta opción y contiene también un discurso de rechazo a la política como un todo; en tanto, la opción ‘indeciso’ carece, en las respuestas disponibles, de razones sustantivas y construye su discurso en base a la falta de información sobre el proceso y al rechazo a la política.
A pesar de su menor densidad, el contenido sustantivo de las razones para votar ‘a favor’ es rico en formulaciones justificatorias normativamente fundadas. Ellas tienen un carácter positivo centrado en la necesidad de un cambio que incremente la calidad de vida en ámbitos distintos. Existen también razones adversariales de oposición a algún actor, proceso o entidad, pero son secundarias en relación con las primeras. Para las personas que se inclinan por la alternativa ‘a favor’, cuentan más la justificación positiva que la adversarial, las expectativas antes que el conflicto. Impulsar esta opción de voto como un juego de suma cero en el que unos ganan y otros pierden es una opción que motiva a algunos, pero parece alejarse del discurso predominante de quienes respondieron que votarían a favor.
Las justificaciones de la opción ‘en contra’ son también predominantemente sustantivas y variadas. La distancia con formulaciones constitucionales y con el proceso se asocia a la evaluación negativa de las propuestas que emanaron de la discusión. Para ello, sea por información propia o de terceros, un primer grupo de partidarios de esta opción muestra conocimiento de los contenidos y, por tanto, un rechazo reflexivo hacia ellos en base a principios normativos generales como la igualdad, los derechos sociales y humanos, los recursos naturales o el riesgo de desinstitucionalización de las tres causales de aborto, entre otros. Es decir, el rechazo de la propuesta no es automático, sino mediado por un proceso de justificación normativa. Un segundo grupo de la opción ‘en contra’ rechaza la forma del proceso constitucional y la política como un todo. El incumplimiento de promesas y la falta de confianza están en el origen de esta desafección. La opción ‘en contra’ contiene, por tanto, dos actitudes paralelas, una que actúa políticamente en base a fundamentación normativa y otra que abandonó esta actitud y la reemplazó por un rechazo generalizado de la política.
En los indecisos predomina la falta de información sobre el proceso y, en segundo lugar, el rechazo explícito de la política institucional. En el primer caso (falta de información) se combinan conductas distintas. Una pone el foco en la inacción del entrevistado, otra sitúa la responsabilidad en el entorno (los medios, el gobierno); mientras que el rechazo a la política lo transfiere a los políticos y la política en general. En otro lugar (Mascareño y Rozas 2023), hemos identificado esta actitud de distancia política e institucional como posdemocrática para incluir en ella actitudes autoritarias, populistas, particularistas y de relación puramente instrumental con las instituciones sociales. El discurso del segundo grupo de indecisos se enmarca en este grupo de actitud posdemocrática.
La diferencia entre indecisos que expresan falta de información sobre el proceso constitucional y los que manifiestan un rechazo generalizado a la política institucional es de alta relevancia. Los primeros aún pueden inclinarse hacia las opciones ‘a favor’ o ‘en contra’ si acceden a más información sobre el proceso. Los análisis muestran que la información positiva y normativamente fundada tiene más presencia y resonancia en ambas opciones (a favor y en contra) que la comunicación adversarial o reactiva –esto es especialmente claro en la opción ‘a favor’. Por medio de justificaciones normativamente fundadas es posible motivar a este primer grupo de indecisos (a quienes ‘falta información’) hacia una u otra alternativa.
El segundo grupo de indecisos que manifiesta un rechazo abierto a la política institucional es más difícil de motivar hacia una u otra opción precisamente por su decepción generalizada, tanto con la izquierda como con la derecha. Considerando, sin embargo, que los análisis econométricos muestran que los votantes indecisos manifiestan predominantemente desaprobación hacia el gobierno, la actitud adversarial presente en un rango de menor peso semántico en los votantes ‘a favor’ (aquellos que se motivan por un ‘no al gobierno’, ‘no a políticos corruptos’, ‘no a la plurinacionalidad’) puede encontrar resonancia también entre los indecisos. Se trataría en este caso de un voto ‘a favor’ contra el gobierno. Algo similar acontece con los indecisos que apoyan las tres causales de aborto (‘aborto permitido en casos especiales’), quienes se pueden inclinar ‘en contra’. Como muestra el análisis cuantitativo, el apoyo a las tres causales explica la indecisión ante el proyecto constitucional, por lo que un grupo de indecisos también puede optar por el ‘en contra’ como protección hacia las tres causales.
Finalmente, a pesar del desinterés y desafección de los indecisos y de un grupo de personas que favorecen la opción ‘en contra’, tanto en los partidarios del ‘a favor’ como en un grupo importante de partidarios del ‘en contra’, los resultados hacen presente que existe reflexividad político-normativa. En ambos casos se esgrimen razones y justificaciones sobre por qué se opta por una alternativa u otra. Esta población se corresponde con aquella mayoría de las personas (regularmente sobre el 50%) que en las encuestas del Centro de Estudios Públicos ha consistentemente respondido que la democracia es preferible a cualquier otra forma de gobierno. Esa población, y no solo la políticamente desafectada, también ejercerá su derecho a decidir en el plebiscito constitucional de diciembre de 2023.
Extracto de conclusiones de Mascareño, A., Rozas, J. e Izquierdo, S. 2023. A favor, en contra e indecisos en el plebiscito constitucional de diciembre 2023. Un análisis de la Encuesta CEP 90. Puntos de Referencia 677, Centro de Estudios Públicos.